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Bases y Condiciones: Sorteo Exclusivo

BASES Y CONDICIONES
SORTEO EXCLUSIVO VIP-A-B
A REALIZARSE EN SANLUIS.JUGADON.BET.AR

PRIMERA:
SLOTS MACHINES S.A., CUIT 30-60597904-8, UNA SOCIEDAD REGISTRADA BAJO LAS LEYES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, CON DOMICILIO EN LA CALLE GRANADERO PRUDENCIO OLGUÍN N° 234, CIUDAD DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS, REALIZA ESTA PROMOCIÓN EXCLUSIVAMENTE EN PROVINCIA DE SAN LUIS DESDE EL 1 DE OCTUBRE DE 2024 AL 31 DE OCTUBRE DE 2024, RIGIÉNDOSE POR LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES. EL PARTICIPANTE DEBERÁ SER MAYOR DE 18 AÑOS DE EDAD Y SER RESIDENTE O ESTAR SITUADO DENTRO DE LOS LÍMITES DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

SEGUNDA:
LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN DENOMINADA “SORTEO EXCLUSIVO VIP-A-B” ORGANIZADA POR SLOTS MACHINES S.A., (EN ADELANTE, «EL ORGANIZADOR»), IMPLICA EL TOTAL CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y CONDICIONES, POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS PROCEDIMIENTOS O SISTEMAS ESTABLECIDOS POR EL ORGANIZADOR.

TERCERA:
LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO SANLUIS.JUGADON.BET.AR EN EL APARTADO PROMOCIONES.

CUARTA:
PODRÁN PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN TODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS, MAYORES DE 18 AÑOS DE EDAD, QUE NO TENGAN RELACIÓN DIRECTA, INDIRECTA O DE TIPO FAMILIAR CON SLOTS MACHINES S.A., EMPRESAS VINCULADAS Y/O SUS TRABAJADORES. EL ORGANIZADOR SE RESERVA EL DERECHO A DETERMINAR EN FORMA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE SI ALGÚN PARTICIPANTE O EVENTUAL GANADOR ESTÁ INCURSO EN LA INCOMPATIBILIDAD ESTABLECIDA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DICHA RESOLUCIÓN TENDRÁ EL CARÁCTER DE DEFINITIVA E INAPELABLE.

QUINTA: PREMIOS
SE SORTEARÁN 5 ESTADIAS EN EL HOTEL EPIC DE MERLO. CADA ESTADIA INCLUYE ALOJAMIENTO POR 2 DÍAS EN EL HOTEL PARA EL GANADOR Y UN ACOMPAÑANTE.
EL CANJE DEL MISMO PUEDE SER HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024, RESERVANDOSE CON ANTICIPACIÓN LAS FECHAS REQUERIDAS. JUGADON SE RESERVA EL DERECHO DE NO ACEPTAR EL CANJE EN FECHA QUE SEAN FIN DE SEMANA LARGO O FERIADOS.

SEXTA: METODOLOGÍA DE ACREDITACIÓN
PARA PODER SER ELEGIBLE DE OBTENER DE LOS PREMIOS SE TOMARÁ EN CUENTA AQUELLAS PERSONAS, MAYORES DE 18 AÑOS, QUE PERTENEZCAN A LOS SEGMENTOS VIP-A-B DE JUGADON CÓRDOBA Y SAN LUIS.
LAS CHANCES ASIGNADAS A CADA PARTICIPANTE SE CALCULARÁN DE LA SIGUIENTE FORMA:
CADA $50.000 ACREDITADOS EN LA CUENTA Y JUEGADOS SE OTORGARÁ UNA CHANCE.
EL SORTEO SERA REALIZADO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2024, CON TODOS LOS USUARIOS QUE CUMPLIERON CON LAS CONDICIONES MECIONADAS DE CÓRDOBA Y SAN LUIS. EL MISMO SERÁ REALIZADO MEDIANTE LA APP SORTEOS, HACIENDO LA GRABACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL VIDEO DEL SORTEO EN LA CUENTA DE INSTAGRAM OFICIAL DE JUGADÓN.
EL PREMIO SE OTORGARÁ POR ÚNICA VEZ POR CUENTA, PERSONA Y DNI.
EL PREMIO SERÁ COMUNICADO VIA HISTORIAS DE INSTAGRAM Y MAIL DIRECTO AL GANADOR.
ESTA PROMOCIÓN ES ACUMULABLE CON OTRAS PROMOCIONES, PREMIOS Y/O BENEFICIOS VIGENTES. LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO SANLUIS.JUGADON.BET.AR EN EL APARTADO PROMOCIONES

SEPTIMA:
EN NINGÚN CASO LOS PARTICIPANTES PODRÁN EXIGIR EL CANJE NI REEMPLAZO NI SUSTITUCIÓN DEL PREMIO POR DINERO U OTROS BIENES O SERVICIOS DISTINTOS DE LOS OFRECIDOS Y ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES Y CONDICIONES. LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE ADOPTE EL ORGANIZADOR, CONFORME A DERECHO, SOBRE CUALQUIER CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS. SUS DECISIONES SON IRRECURRIBLES.

OCTAVA:
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN, INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS, SIN ALTERAR LA ESENCIA DE LA PROMOCIÓN NI AFECTAR LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS, DANDO, EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS Y DÁNDOLAS A CONOCER POR LOS MISMOS MEDIOS EN LOS QUE SE COMUNICÓ LA PRESENTE PROMOCIÓN. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE LA PROMOCIÓN Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.

NOVENA:
LAS EVENTUALES ACCIONES JUDICIALES QUE PUDIERAN CORRESPONDERLES A LOS PARTICIPANTES, POR CIRCUNSTANCIAS ACAECIDAS FUERA DE LAS ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES, POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR TERCEROS SOBRE BIENES O SOBRE LAS PERSONAS DE LOS MISMOS SON DESISTIDAS EXPRESAMENTE POR LOS MISMOS RESPECTO DEL ORGANIZADOR, SIN PERJUICIO DE LAS QUE PUDIEREN EJERCITAR CONTRA LOS TERCEROS RESPONSABLES.

DECIMA:
ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE PUDIERA SURGIR CON RELACIÓN ESTA PROMOCIÓN Y A TODOS SUS EFECTOS, LOS PARTICIPANTES Y EL ORGANIZADOR SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO QUE PUDIERA CORRESPONDER, INCLUSO FEDERAL.